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Modificacion del seguro social agrario para trabajadores independientes

La Res. N° 71-GCSPE-ESSALUD-2017 (publicada 18-9-17) ha modificado la Resolución Nº 012- GCASEGESSALUD-2009 que aprobó los requisitos de inscripción al Seguro de Salud Agrario para trabajadores independientes. _______________________________________________ (...) SE RESUELVE: 1. MODIFICAR el literal b) del numeral 2.1 del artículo 2º de la Resolución Nº 012-GCASEG-ESSALUD-2009, modificada mediante Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento N° 018-GCASEG-ESSALUD-2009 y mediante Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas N° 029-GCSPEESSALUD-2015, en los términos siguientes: “2.1 Requisitos para la inscripción del titular Presentar (…) b).- Copia de Resolución y/o constancia emitida por autoridad competente que acredite fehacientemente que la persona que solicita afiliación realiza la actividad agraria, avícola, agroindustrial o acuícola o cualquiera de los documentos señalados en los literales c), d), e) e i). En caso el predio se encuentre

Manual Proceso de elección e inicio de funciones Supervisor de Seguridad y Salud en el trabajo

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Preguntas : ¿ Puede ser elegido supervisor de seguridad el dueño de la empresa o el Gerente General? ¿ Cuanto tiempo debe tomar el proceso de elección del supervisor de seguridad? ¿ Es posible reducir el tiempo en dos días? ¿ Se puede realizar la votación de la elección del supervisor de seguridad a través de mano alzada? Vea manual Proceso de elección e inicio de funciones del supervisor de seguridad y salud en el trabajo Si va a realizar el proceso de elección del supervisor de seguridad y salud en el trabajo en su empresa , este documento le es necesario. Vea tambien : Comite de Seguridad y salud en el Trabajo : Guia elección e instalación Contenido Del proceso 1.- Obligación Sepa si su empresa esta obligada a elegir un supervisor de seguridad y salud en el trabajo 2.-Convocatoria a elecciones ¿ Como se convoca a elecciones ? 3.-Proceso de elección Paso a paso el proceso de elección del supervisor de seguridad y salud en el trabajo 4.- Inicio de las labores del supervis

Resolución de Superintendencia Nº 182-2017-SUNAFIL Fe erratas

Norma : Resolución de Superintendencia Nº 182-2017-SUNAFIL Publicado : 16/09/2017 Fe erratas Protocolo para la Fiscalización en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Sector Construcción” Cambia el Numero de Protocolo , ya no es el 001-2017-SUNAFIL-INII Ahora es 003-2017-SUNAFIL-INII ___________________________________________ Mediante Oficio N° 599-2017-SUNAFIL/SG, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia N° 182-2017-SUNAFIL publicada en la edición del día 10 de setiembre de 2017. DICE: Artículo 1.- APROBAR, el Protocolo N° 001-2017-SUNAFIL/INII, denominado “Protocolo para la Fiscalización en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Sector Construcción”, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. DEBE DECIR: Artículo 1.- APROBAR, el Protocolo N° 003-2017-SUNAFIL/INII, denominado “Protocolo para la Fiscalización en materia de Seguridad y Salud en

Aprueban Directiva Servicio de Atención de Denuncias Laborales SUNAFIL

A prueban Directiva “Servicio de Atención de Denuncias Laborales” Resolución de Superintendencia N° 190-2017-SUNAFIL Publicado : 16/09/2017 ================== Lima, 15 de setiembre de 2017 VISTOS: El Memorándum N° 403-2017-SUNAFIL/INII y el Informe N° 170-2017-SUNAFIL/INII, de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva, el Informe N° 311-2017-SUNAFIL/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 356-2017-SUNAFIL/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral– SUNAFIL, como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre di

Pago de reintegro trabajador cesado

Liquidamos varios obreros   en Construcción Civil en Agosto 2017 , estos trabajaron con nosotros desde Enero 2017 ? Debido a  la suscripción del nuevo convenio colectivo 2017-2018 vigente desde  01/06/2017   ¿ TENGO QUE REINTEGRARLES? ¿ Como procedo ,si ya le dimos de baja en el T-Registro? ----------------------------------- Usted como empleador esta obligado a reintegrarle el monto respectivo desde el 01/06/2017 hasta la fecha de cese. Es una exigencia acordada en el convenio colectivo 2017-2018 De baja en el T-registro Debera activar a dichos trabajadores para registrar el monto que cobraran en su ioportunidad.

Revista laboral Actualizate edición del 01 al 15 Setiembre 2017

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Contenido de la edición Actualizate del 01  al 15 Setiembre  2017 Contenid ___________________________________________________ Documento adjunto     Registros obligatorios en Seguridad y Salud en el  trabajo 2017 Elaboración y mantenimiento Modelos y formatos Entidad Prestadora de Salud Renuncia al plan elegido Modelo formato Normatividad laboral del periodo Sumilla de normas laborales publicadas en    esta quincena _____________________________________________________ Derechos laborales  La educación en la legislación laboral peruana Conceptos económicos relacionados con la educación en la legislación laboral peruana Cese del trabajador Constancia de cese del trabajador: Proyecto de directiva  SUNAFIL La asignación por cumplimiento de objetivos Carácter remunerativo de la asignación por cumplimiento de objetivos empresariales _________________________________________________ Seguridad y salud en el trabajo Los

Derecho al cobro de reintegros de remuneraciones

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¿ Es requisito para el cobro de reintegros en remuneraciones o beneficios sociales tener el contrato de trabajo vigente ? Lo que sucede : Algunas empresas para evitar el pago de reintegros en remuneraciones , cesan al trabajador . Lo correcto : En la legislación laboral peruana no se exige que el trabajador tenga la relación de trabajo vigente para realizar el cobro de algún reintegro económico. Recuerde : Un reintegro es aquella parte económica que no se cobro en su momento, debido a : a.- Que se pago en forma normal pero  en el futuro se acordó un ajuste del mismo b.- Por que al trabajador se le pago en forma incompleta en su momento , y ante un reclamo el empleador se ve obligado a " reintegrar " el faltante. En consecuencia El retirar , cesar o despedir a un trabajador para evitar el pago de reintegros no tiene sentido alguno. Si el trabajador es retirado y no se le cancela las deudas económicas que se tienen con el , se puede recurrir ante la SUNAFIL y en