¿Por qué se declara días no laborables compensables el 13 y 14 de Abril 2018?



Con motivo de la realización de la VIII Cumbre de las Américas, el Perú será el escenario de un complejo proceso de reuniones oficiales sectoriales y ministeriales, con la visita de diferentes jefes de Estado y de gobierno de los países del Hemisferio, y, paralelamente, de numerosas organizaciones de la sociedad civil, el empresariado y la academia regional

La Compensación de horas
¿Cómo se deberá proceder para la compensación de horas?

1.-En el sector Público
Las horas dejadas de laborar durante los días declarados no laborables, serán compensadas en los quince días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el Titular de cada entidad pública, en función a las necesidades de la entidad.

2.- En el Sector Privado.
Mediante acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, se establecerá la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.
La recuperación de horas se sujeta a parámetros de razonabilidad y no afecta el descanso semanal obligatorio del trabajador.


Norma     :  D.S. 022-2017-TR
Sumilla    : Declarar días no laborables, a nivel de Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao, para los trabajadores de los Sectores Público y Privado, los días viernes 13 y sábado 14 de abril de 2018
Publicado : 26/12/2017

(...)

DECRETA:
Artículo 1.- Días no laborables
Declarar días no laborables, a nivel de Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao, para los trabajadores de los Sectores Público y Privado, los días viernes 13 y sábado 14 de abril de 2018.
Para los fines tributarios, dichos días serán considerados hábiles.

Artículo 2.- Compensación de horas
En el Sector Público, las horas dejadas de laborar durante los días declarados no laborables, serán
compensadas en los quince días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el Titular de cada entidad pública, en función a las necesidades de la entidad.

En el Sector Privado, mediante acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, se establecerá la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

La recuperación de horas se sujeta a parámetros de razonabilidad y no afecta el descanso semanal obligatorio del trabajador.

En ningún caso, el tiempo de trabajo que comprende la recuperación de horas podrá ser mayor al
periodo dejado de laborar.

Artículo 3.- Supuesto de excepción
Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, los titulares de las entidades del Sector Público adoptarán las medidas necesarias para garantizar a la comunidad, durante los días no laborables establecidos en el presente Decreto Supremo, la provisión de aquellos servicios que resultan indispensables.

Artículo 4.- Actividades económicas de especial relevancia para la comunidad
Las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que prestan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad,custodia y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos están facultadas para determinar los puestos de trabajo excluidos de los días no laborables y los trabajadores respectivos que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.

Lo previsto en el párrafo anterior se aplica también a los hoteles y establecimientos de hospedaje que reciban y presten servicio a huéspedes.

Artículo 5.- Servicios mínimos en las empresas
Están exceptuadas de los días no laborables declarados en el presente Decreto Supremo aquellas
labores indispensables, en todo tipo de empresa, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata de la actividad ordinaria de la empresa. Tales labores y la designación de los trabajadores que deben desempeñarlas serán determinadas por el empleador.

(...)

Manual tratamiento de los dias no laborables compensables 2018

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19  paginas

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